"El Comité Permanente es elegido por la convención diocesana. La mitad de sus miembros son clérigos y la otra mitad laicos. Actúa como consejo asesor del obispo. Se le solicita al Comité Permanente que dé su consentimiento para todos los obispos elegidos en la Iglesia Episcopal. Recomienda personas para la ordenación. Da al obispo su asesoramiento y consentimiento sobre la compra, venta o gravamen de cualquier propiedad que pertenezca a una congregación o a la diócesis".
— Un diccionario episcopal de la Iglesia
"El Consejo Diocesano es un órgano de gobierno representativo que actúa como órgano de gobierno de supervisión entre convenciones. El Consejo Diocesano se reúne periódicamente para garantizar que la diócesis funcione de manera eficiente y eficaz mediante:
– garantizar una gestión y unas prácticas fiscales sanas
– apoyar y revisar los ministerios diocesanos
– otras funciones que le solicite el obispo o la Convención Diocesana”
[Diócesis Episcopal de Maryland]
Lea la Constitución y los Cánones de nuestra diócesis.
ARTÍCULO III. Sección 1: La Convención de esta Diócesis se reunirá anualmente en la fecha que se determine por Canon. La Convención determinará el lugar de la siguiente reunión anual.